FUNDACIÓN EDUCATIVA TERESA GUASCH

Plan de Convivencia


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Nuestro Plan de Convivencia pretende ser un instrumento para construir entre todos los miembros de la comunidad educativa un clima colegial basado en el trato cercano, y en la formación de personas tolerantes, comprometidas, solidarias, respetuosas y con espíritu crítico, todo ello tal y como queda reflejado en nuestro Proyecto Educativo que promueve una educación integral.

DERECHOS DEL ALUMNADO

El alumnado tiene derecho a:

  1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
  2. Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones religiosas y morales.
  3. Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y objetivos.
  4. Recibir orientación escolar y profesional.
  5. Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidente o infortunio familiar.
  6. Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los problemas personales, así como en la utilización de los datos que dispone el Centro que, por su naturaleza, sean confidenciales.
  7. Tener derecho a reuniones dentro del centro escolar con el fin de poner en común sus propuestas de actividades, opiniones, sugerencias…
  8. Continuar su relación con el Centro una vez que hayan concluido sus estudios en el mismo.
  9. Participar en el funcionamiento y gestión del Centro, según se establece en el Reglamento de Régimen Interno.
  10. Ser tratados con amabilidad y cercanía.
  11. Los demás derechos que tengan reconocidos en el Decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DERECHOS DEL ALUMNADO

El alumnado tiene derecho a:

  1. Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
  2. Ser respetados en su libertad de conciencia, así como en sus convicciones religiosas y morales.
  3. Ser valorados en su rendimiento escolar conforme a criterios públicos y objetivos.
  4. Recibir orientación escolar y profesional.
  5. Recibir la información que les permita optar a posibles ayudas compensatorias de carencias de tipo familiar, económico y sociocultural, así como de protección social en los casos de accidente o infortunio familiar.
  6. Ser respetados en su intimidad en el tratamiento de los problemas personales, así como en la utilización de los datos que dispone el Centro que, por su naturaleza, sean confidenciales.
  7. Tener derecho a reuniones dentro del centro escolar con el fin de poner en común sus propuestas de actividades, opiniones, sugerencias…
  8. Continuar su relación con el Centro una vez que hayan concluido sus estudios en el mismo.
  9. Participar en el funcionamiento y gestión del Centro, según se establece en el Reglamento de Régimen Interno.
  10. Ser tratados con amabilidad y cercanía.
  11. Los demás derechos que tengan reconocidos en el Decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DEBERES DEL ALUMNADO

El alumnado está obligado a:

  1. Estudiar y participar en las actividades formativas y, especialmente, en las orientadas al desarrollo de los currículos.
  2. Seguir las directrices del profesorado respecto a su educación y aprendizaje y respetar su autoridad.
  3. Asistir a clase con puntualidad y cumplir el horario y calendario escolar del Centro.
  4. diaAE21_05Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en el Centro, respetando el derecho de sus compañeros a la educación.
  5. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales de los miembros de la Comunidad Educativa.
  6. Respetar la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
  7. Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del Centro.
  8. Conservar y hacer un buen uso de las instalaciones y materiales didácticos del Centro.
  9. Los demás deberes que tengan reconocidos en el Decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco

LA CONVIVENCIA EN EL COLEGIO

Para que la convivencia sea tal, la libertad de uno debe acabar donde empieza la libertad de los demás, siendo esto enriquecedor para el individuo y su entorno.

He aquí los aspectos en los que debemos basar nuestra relación:

  1. Comunicación
  2. Participación
  3. Convivencia

Medidas para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos

El Plan del Convivencia del colegio San José-Carmelitas define las siguientes medidas para prevenir, detectar, regular y resolver los conflictos: compromisos de convivencia, mediación, medidas correctoras, Plan de Acogida y medidas de carácter organizativo que posibilitan la adecuada vigilancia de los espacios.

El incumplimiento de los deberes del alumnado se podrá considerar conducta inadecuada, contraria y gravemente perjudicial a la convivencia, todas ellas tipificadas en el Reglamento de Régimen Interior.

A continuación ejemplificamos las conductas inadecuadas:

  • Las faltas injustificadas de puntualidad.
  • Las faltas injustificadas de asistencia.
  • El deterioro de las dependencias del centro docente, de material del mismo o de los objetos y pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, cuando sea causado por negligencia.
  • La simple desobediencia a los profesores, profesoras o autoridades académicas cuando no comporte actitudes de menosprecio, insulto o indisciplina deliberada, así como no atender las indicaciones del resto del personal del centro docente en ejercicio de sus funciones.
  • Las actitudes gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la comunidad educativa.
  • Llevar en el centro docente equipos, materiales, prendas de vestir o aparatos prohibidos por los órganos de gobierno del centro docente dentro de su ámbito de competencia.
  • Utilizar el equipamiento del centro docente, electrónico, mecánico, telefónico informático o de cualquier clase sin autorización o para fines distintos de los autorizados.
  • Mentir o dar información falsa al personal del centro docente cuando no perjudique a ninguna persona miembro de la comunidad educativa.
  • Copiar o facilitar que otros alumnos o alumnas copien en exámenes, pruebas o ejercicios que hayan de servir para la calificación, o utilizar en ellos material o aparatos no autorizados.
  • Facilitar la entrada al centro docente a personas no autorizadas o entrar con ellas en contra de las normas de Convivencia o instrucciones de los órganos de gobierno del centro docente.
  • Utilizar intencionadamente las pertenencias de compañeros o compañeras contra su voluntad.
  • Cualquier otro incumplimiento de los propios deberes que no constituya un impedimento, obstáculo o perturbación del ejercicio de los derechos de los demás miembros de la comunidad educativa, cuando no esté señalado como conducta contraria a la convivencia en el centro docente o conducta que perjudique gravemente dicha convivencia.